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Quid pro quo





Por el presente documento, yo, Ernesto Larios Rodríguez, de 73 años de edad y en perfecto  uso de mis facultades acepto lo que sigue:

En el plazo de cuarenta y ocho horas ingresaré en el Hospital de la Fraternidad para recibir un tratamiento de conclusión definitiva, auspiciado por el Estado y de forma no dolorosa dejaré de respirar tras recibir la administración de una dosis de droga opiácea. El programa de conclusión definitiva especifica que cualquier ciudadano mayor de 65 años puede acogerse al mismo a cambio de diferentes prerrogativas. En mi caso, y en el plazo de setenta y dos horas contadas a partir de la declaración de fallecimiento, mi hijo Ernesto Larios Flecha, será declarado funcionario en un destino a elegir entre varios de los acordes a su formación y podrá disfrutar de dicha plaza hasta que él mismo lo decida o sus circunstancias físicas lo impidan.
Admito con este documento que los gastos futuros de mi posible mantenimiento y cuidado serán empleados en la contratación de mi descendiente, al no ser ya necesarios.
De la misma forma, exonero al Estado de la nación española de cualquier responsabilidad que esta decisión conlleve.

Firmado a 25 de enero de 2028 en Madrid.

Ernesto Larios Rodríguez.